SE CONFIRMA EL RECONOCIMIENTO DE PENSIÓN POR CONVIVENCIA EN APARENTE MATRIMONIO
La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia que reconoció a la actora el derecho a percibir la pensión derivada del fallecimiento de su conviviente.
El tribunal recordó que la CSJN ha establecido que el tiempo de convivencia debe analizarse con una visión flexible y pro homine, atendiendo a la realidad social y familiar.